Más casos de aplicación de justicia en Venezuela
por Ismael Pérez Vigil | Politólogo
Martes, 15 de febrero de 2005 | El sistema judicial de un país es el basamento de su credibilidad, de su armonía y de su paz. El caso emblemático del desorden judicial en Venezuela es el del abogado Tulio Alvarez —al cual ya me he referido recientemente— a quien la semana pasada le fue dictada sentencia provisional, condenándolo a un poco más de dos años de cárcel. Para entender lo ocurrido, del todo absurdo, no perdamos de vista que Tulio Álvarez no es solo el abogado de unos jubilados que reclaman su derecho contra el ex presidente de la Asamblea Nacional.
Alvarez fue el abogado que en el año 2000 inició un juicio penal por el supuesto financiamiento ilícito de la campaña electoral del presidente Chávez Frías y el MVR, principal partido de Gobierno, según acusaciones hoy confirmadas por el Juez Garzón en España contra el banco BBVA y admitidas por este; fue el abogado que en 2001 solicitó la nulidad del convenio petrolero con Cuba, acusando penalmente al presidente Chávez Frías por la firma de ese convenio e intentando un antejuicio de mérito contra el fiscal general, Isaías Rodríguez, por denegación de justicia y fraude procesal; fue el abogado que intentó un recurso de nulidad contra la Ley del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y un amparo que buscaba impedir la designación de los magistrados conforme a esa Ley, de lo cual desistió una vez que fueron nombrados los nuevos magistrados.
Más recientemente, fue el abogado que en nombre de la Coordinadora Democrática de oposición, condujo las investigaciones sobre los resultados del referendo presidencial del 15 de agosto de 2004 y que acusó al Consejo Nacional Electoral de haber cometido fraude en ese proceso y al Gobierno de alterar el Registro Electoral, inscribiendo miles de personas sin cumplir los requisitos legales, para que pudieran votar en ese proceso;
Pero ese caso y el de los periodistas, de los cuales ya hemos también hablado, no son los únicos bochornosos. En materia de justicia, desde que Venezuela transita la vía revolucionaria, no hay nada que no hayamos visto.
Primero fue el Gobierno, recién electo, ejerciendo presión para que los magistrados de la antigua Corte Suprema de Justicia renunciaran, hasta que lo consiguió. Luego la Asamblea Nacional Constituyente, aunque no tenía mandato para eso, designó a los miembros del máximo Tribunal.
Después, la denominada Comisión Legislativa o Congresillo, una especie de “residuo” de la Asamblea Nacional Constituyente, sin tener poderes para ello y sin haber sido electos por nadie sus integrantes, estos nombraron a los poderes públicos: el Fiscal General, el Defensor del Pueblo, el Contralor, el Poder Electoral y los integrantes del flamante y “nuevo” Tribunal Supremo.
Luego, este mismo TSJ, ante el recurso de nulidad intentado por la Defensora del Pueblo contra el nombramiento del Poder Electoral por el Congresillo, al margen de lo establecido en la Constitución, recién promulgada, justificó la validez de ese nombramiento y más aun, sin que nadie pidiera su opinión al respecto, aseguró que los requisitos constitucionales para elegir los Poderes Públicos debían cumplirse, excepto en su propio caso, sobre el cual decidió que eran validos “otros criterios”, distintos a los que establece la Constitución.
A partir de allí nada tiene de raro que el TSJ haya aceptado que la Asamblea podía modificar la Ley Orgánica del Tribunal con mayoría simple, en vez de hacerlo con mayoría calificada, como dice la Constitución; que haya aceptado que algunos de los nuevos magistrados hayan sido miembros de la Asamblea, en representación de algunos partidos políticos; y que los magistrados, comenzando por el propio Presidente del Tribunal, afirmen que le van a ser fieles al “proceso”, antes que a la justicia y al estado de derecho. Esa es la clase de “justicia revolucionaria” cuyo desarrollo estamos viviendo.
Por supuesto, se cubren todas las apariencias: hay un Tribunal Supremo, electo por la Asamblea Nacional —poco importa que ambos órganos estén dominados por el Poder Ejecutivo y la oposición ni siquiera participe en las deliberaciones— y ese Tribunal Supremo nombra y remueve los jueces; poco importa también que más del 80% de ellos sean de carácter provisional, al no haber concurso para escogerlos y que algunos ni siquiera cumplan los requisitos establecidos en las leyes. Basta con un requisito: Estar con el “proceso”, pues eso es ya garantía suficiente de que impartirán justicia de manera “independiente”.
De esta manera, el Gobierno se garantiza una fidelidad absoluta a la hora de castigar la disidencia y tampoco hace falta un ejercicio “directo” de persecución a sus enemigos por parte del Gobierno; se sirve para ello de todo el sistema que ha creado y que domina sin ningún cuestionamiento. Veamos otros casos como ejemplo.
Los quemados de Fuerte Mara y el Caso Uson
El 30 de marzo de 2004 en una celda de castigo del Fuerte Mara —celdas que supuestamente son ilegales y habían sido eliminadas— fueron quemados unos soldados, y dos de ellos murieron como consecuencia de las quemaduras; un hecho similar había ocurrido un tiempo atrás, pero en esta ocasión el padre de uno de los soldados fallecidos, Angel Ciro Pedreañez, hizo todo lo posible porque el caso trascendiera a la prensa y se hiciera justicia. Durante meses el caso ocupó las principales noticias, no solo por la muerte de los soldados, sino también por la existencia de este tipo de celdas castigo. Al final, fueron condenados como responsables un soldado por haber ocasionado el incendio y los médicos que atendieron en el hospital a los heridos, por negligencia profesional.
El General Francisco Uson, en condición de retiro, es también especialista en armas de guerra, fue entrevistado por la prensa con relación a los efectos y la utilización de lanzallamas, ante las denuncias de que esa podría haber sido la causa del incendio de la celda y de la muerte de los soldados. Tras su declaración, el General Uson fue acosado y perseguido, arrestado, enjuiciado y condenado por difamación y vilipendio a la Fuerza Armada. El día que fue aprendido en Ciudad Bolívar, el General ya se encontraba desempeñando otras funciones, pues había sido Director de Presupuesto del Gobierno de Chávez Frías, pero en ese momento, era el encargado —por parte de la Coordinadora Democrática— de la logística y la operación de recolección de las actas con las firmas para solicitar el revocatorio del Presidente de la República.
Los paramilitares y el General Poggioli
El General Ovidio Poggioli y el coronel Jesús Farías, están detenidos y acusados, junto con cuatro oficiales más por estar supuestamente involucrados con unos 100 “paramilitares” colombianos que fueron detenidos en las cercanías de Caracas en el mes de mayo de 2004, donde se suponía que estaban siendo entrenados para atentar contra el Presidente y asaltar el Palacio de Miraflores.
El Gobierno no se explica como pudieron llegar allí desde la frontera, sin que ninguna de las fuerzas de seguridad del Estado se diera cuenta. Pero tras ocho meses, el juicio contra 33 de ellos que siguen detenidos, apenas se ha iniciado y los oficiales venezolanos, entre los que se encuentran los que hemos mencionado, han sido sometidos a toda clase de arbitrariedades, aislamiento e irregularidades procesales. Hasta el abogado de uno de ellos, Carlos Bastidas, ha sido acusado por el tribunal de la causa por “causar perjuicios” a sus defendidos, en un intento por retrasar más el juicio, según ha dicho el propio abogado. Para el General Poggioli, quien fuera Director del Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía, durante el Gobierno de Chávez Frías, el Fiscal Militar ha solicitado 27 años de cárcel.
El caso de Alvarez, así como los citados y otros más, nos enseñan varias lecciones importantes acerca de la aplicación de la “justicia” revolucionaria en Venezuela. La intimidación de los abogados que asumen causas en contra del Gobierno o sus personeros y que además se manifiestan en contra del régimen, parece ser una de las armas favoritas para tratar de intimidar a la disidencia política y vulnerar el derecho a la defensa de lo que se conoce como los “débiles jurídicos” y que internacionalmente se considera una grave violación de los derechos humanos.
En Venezuela, con la justicia revolucionaria, si como abogado defiendes una causa, eres acusado de difamación y te anticipan la sentencia prohibiéndote la salida del país, aunque sea una causa privada y no aplique esa pena; si utilizas a tu cliente como testigo, lo meten preso en el mismo momento de la declaración; si promueves otros testigos, no los dejan declarar y emiten sentencia antes de que todos tus testigos acudan; no se te permite promover pruebas y si las presentas, no las admiten; si recusas al juez, no se da por enterado o el mismo decide sobre la recusación, etc.
Mientras tanto, parlamentarios europeos y norteamericanos van y vienen por el país, se reúnen con personeros del Gobierno, los llevan a ver los logros de la revolución bonita y hasta dan declaraciones deplorando los conceptos que la oposición tiene sobre el Gobierno, que no han cambiado en los últimos años.
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