placeholder
header

home | Archive | analysis | videos | data | weblog

placeholder
news in other languages:
placeholder
Editorials in English
fr
Editorials in Spanish
esp
Editorials in Italian
ita
Editorials in German
de

placeholder

La acumulación de poder en Venezuela

Por Ismael Pérez Vigil | Politólogo

9 de Noviembre de 2004 - El 15 de agosto de 2004 se realizó en Venezuela un referendo revocatorio presidencial, solicitado por grupos opositores en contra del Presidente Chávez Frías. El resultado fue favorable al Presidente en ejercicio, siendo negada la solicitud de revocarlo por 5 millones 900 mil votos. Este resultado, ampliamente favorable al Presidente de la República, se vio empañado por un proceso irregular, en el cual el organismo electoral, el Consejo Nacional Electoral (CNE), ha sido acusado de una serie de irregularidades (manipular el padrón electoral, en beneficio del sector oficial; proceder a contratar sin las debidas licitaciones; no publicar las reglas del proceso y cambiarlas frecuentemente, perjudicando a la oposición; favorecer la opción presidencial, retrasando el proceso y creando dificultades a la oposición, etc.) que se constituyen en violaciones de la Constitución y las leyes electorales e impidieron el libre ejercicio del derecho al voto.

Esas sospechas y alegaciones de fraude se vieron fortalecidas, cuando escasamente mes y medio más tarde se realizaron elecciones regionales y locales, en las cuales el organismo electoral repitió las mismas irregularidades; pero más grave aún, el Gobierno no pudo “validar” su votación del referendo de 5.9 millones de votos y sus candidatos sólo pudieron obtener menos de 3.2 millones de sufragios. La pregunta obvia es: ¿Qué se hicieron 2.7 millones de votos oficialistas, que desaparecieron en menos de mes y medio? Porque es comprensible que los votantes de oposición, defraudados y frustrados, desconfiando de la imparcialidad y transparencia del organismo electoral, se abstengan; pero ¿Por qué los votantes del Gobierno no salieron en forma mucho más masiva a demostrar su apoyo al Gobierno de Chávez Frías?

En todo caso, aun con menos del 25% de los votos posibles, de un total de 14.2 millones de electores, el Gobierno obtuvo un significativo triunfo al obtener 20 gobernaciones de 22 en disputa y unas 250 alcaldías, de 340 posibles.

Acumulación de poder

Se recordará que el Régimen de Chávez Frías domina de manera amplia la Asamblea Nacional; esta designó al Fiscal General y el Defensor del Pueblo y ratificó al Contralor General, todos ellos integrantes del Poder Ciudadano. Esos nombramientos recayeron en conspicuos partidarios del régimen de Chávez Frías; incluso uno de ellos, el Fiscal General, había sido Vicepresidente, cargo que no es de elección, sino de designación directa por el Presidente de la República. Igualmente, la Asamblea Nacional designa el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

EL TSJ está integrado por una amplia mayoría de magistrados que favorecen al Régimen y aquellos que se oponían han sido jubilados o destituidos recientemente. Se espera, incluso, que tras haberse modificado la Ley del Tribunal Supremo, de manera inconstitucional según argumenta y ha denunciado infructuosamente la oposición, la Asamblea pase ahora a designar nuevos magistrados desoyendo las demandas de equilibrio de poderes e independencia del poder judicial, que incluso ha sido reclamado y denunciado por organismos internacionales como el Human Right Watch.

De esta manera, el Gobierno de Chávez Frías, que obviamente controla el Poder Ejecutivo, acumula ahora todo el poder político del país, el 90% de las Gobernaciones y Consejos Legislativos Estadales y el 73% de las Alcaldias. Controla ampliamente la Asamblea Nacional, el Tribunal Supremo de Justicia, el Poder Electoral y el Poder Ciudadano. El equilibrio de poderes es una completa ficción en la Venezuela Contemporánea.

Nada ni nadie le disputa el poder de Chávez Frías; no lo hacen las instituciones del Estado, que como hemos visto son designadas indirectamente desde el Palacio de Miraflores; ni los partidos políticos, que ni siquiera existen constitucionalmente hablando, pues en la Constitución Bolivariana ni siquiera se los menciona y además, prohíbe expresamente su financiamiento con recursos del Estado; dejándolos de esa manera mucho más vulnerables a las presiones de sectores económicos y desde luego —como hemos visto en los dos pasados procesos electorales— confiriendo enorme ventaja a los partidos que apoyan al Gobierno, que disfrutan de copiosos recursos provenientes del Estado, sin ningún tipo de disimulo y mucho menos control.

De cualquier forma, en la práctica los partidos políticos a duras penas existen; los de oposición, que ya venían de una profunda crisis desde los años 90, fueron reducidos a su mínima expresión en las pasadas elecciones; los del Gobierno no tienen ninguna autonomía con respecto al líder del régimen, Chávez Frías, que hasta designa a dedo sus candidatos a cargos de Gobernadores y Alcaldes y próximamente de Asamblea, a pesar de que la Constitución establece que los candidatos de las “organizaciones con fines políticos” —que así los denomina la Constitución— deben ser designados en elecciones internas.

Persecución de la disidencia

Pero esa inmensa acumulación de poder no es suficiente para el régimen de Chávez Frías, que ya ha ido mostrando su ambición de terminar de controlar los cabos sueltos que quedan. Por ejemplo, en lo económico, a la inmensa riqueza que maneja el Estado Venezolano, se quiere sumar la sumisión del Banco central de Venezuela, que ha venido desde hace unos meses sufriendo duros embates para cercenar su autonomía y capacidad de decisión sobre la política monetaria, ante la ambición del Gobierno que quiere hacer liquidas utilidades cambiarias que le permitan enjugar el enorme déficit fiscal. En los próximos días veremos como esta disputa por las utilidades cambiarias será llevada por el Gobierno al TSJ, en donde no dudamos que obtendrá una sentencia favorable. En todo caso, seguramente durante el primer trimestre del próximo año se “pasará a jubilación” a algunos funcionarios del BCV, otros serán presionados para que renuncien y será integrada un nuevo Directorio, más dócil a los designios fiscalistas del Gobierno.

En el ámbito legislativo, la Asamblea discute varias leyes importantes con las que el Gobierno aspira a controlar algunos focos de disidencia. Una de ellas es una Ley Cambiaria, que pretende hacer permanente el control de cambios que fue instituido en enero de 2003, como respuesta política del Gobierno a un paro cívico que duró dos meses y que amenazó la estabilidad económica del régimen.

Otra Ley que discute la Asamblea es la Ley de de Responsabilidad social en radio y televisión, eufemismo para designar una Ley Mordaza, o Ley Resorte, como la denomina el oficialismo, que pretende controlar el contenido y difusión de la información y convertir en delito cualquier información que no sea “veraz” de acuerdo a los parámetros que el Gobierno establezca para este vocablo. De esta manera, el Gobierno, además de las presiones económicas y fiscales que ya ejerce sobre ellos, trataría de reducir la resistencia y oposición que le han presentado algunos medios de comunicación social y periodistas.

Una tercera Ley que pretende reducir y someter la disidencia, es una reforma del Código Penal que ha sido introducida en la Asamblea y que contiene una serie de disposiciones que convierten en delitos, incluso contra la patria, la disidencia o disentimiento de opiniones políticas. Entre otras “novedades” contiene una disposición que considera delito de traición a la patria la percepción de recursos y asistencia financiera del exterior por parte de las organizaciones no gubernamentales. Esta propuesta tiene su origen en la investigación que ha impulsado el Gobierno —y que lleva a cabo a través de la dócil Fiscalía— sobre los fondos que el National Endowment for Democracy otorgó a algunas ONG venezolanas para impulsar y fortalecer los mecanismos democráticos y la democracia. El Gobierno de Chávez Frías, sintiendo que esos fondos escapaban a su control, acusó de conspirativa esa actividad y de traición a la patria a las organizaciones que recibieron dichos fondos.

Con todo y lo exagerado que luce esa disposición, la misma no es una novedad y tiene su precedente en algunas decisiones del TSJ. En efecto, en junio del año 2000 —y luego en noviembre de ese mismo año— mediante dos sentencias, se restringió y limitó el concepto de sociedad civil, que era muy amplio en la propia Constitución; pero más aun, se sentaron las bases que ahora podrían permitir considerar “delito” determinadas actividades. Así en una de esas sentencias, la de noviembre, ante una demanda de algunos Gobernadores contra el Ministerio de Finanzas, el magistrado ponente expresó:

“Que la sociedad civil, tomada en cuenta por el Constituyente, es la sociedad civil venezolana... Resultado de este carácter nacional es que quienes la representan no pueden ser extranjeros, ni organismos dirigidos, afiliados, subsidiados, financiados o sostenidos directa o indirectamente, por Estados, o movimientos o grupos influenciados por esos Estados; ni por asociaciones, grupos, o movimientos transnacionales o mundiales, que persigan fines políticos o económicos, en beneficio propio...

Reconocer derechos colectivos a grupos o entes extranjeros o influenciados por ellos, para que actúen a nombre de la sociedad civil nacional, es permitir que minorías étnicas o extranjeras, intervengan en la vida del Estado en defensa de sus propios intereses y no en la seguridad de la Nación, intereses que pueden ser nocivos para el país, y que pueden desembocar en movimientos separatistas, minorías agresivas o conflictivas, etc., que hasta podrían fundarse en derechos colectivos como el de autodeterminación de los pueblos.

Crear una lucha interna (así sea solapada), por demás incontrolable entre sociedad extranjerizante y globalizada y sociedad nacional, no está entre los fundamentos constitucionales que corresponden a la Nación, consagrados en el artículo 1º de la vigente Constitución (independencia, soberanía, integridad territorial y autodeterminación), de allí la reafirmación de la idea que la sociedad civil contemplada en la Constitución de 1999, es la venezolana.” (Sala Constitucional del TSJ 21/11/2000. Exp. 00-1901)

A esta acumulación de poder y pretensiones de criminalizar a la disidencia se unen algunas acciones gubernamentales concretas —que están en proceso— de persecución contra ciudadanos y ex militares que participaron en manifestaciones políticas en abril de 2002; contra ex alcaldes, ex gobernadores y ex altos funcionarios policiales de oposición, acusándolos de diversos delitos; contra periodistas o ciudadanos comunes que han opinado con respecto al determinadas actividades del régimen, etc.

A estas actividades del régimen es que debe prestar atención la comunidad internacional, ante el peligro de la disolución de la democracia y los derechos civiles en Venezuela.



send this article to a friend >>
placeholder
Loading


Keep Vcrisis Online






top | printer friendly version | disclaimer
placeholder
placeholder